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Fallos: 183:125 de la CSJN Argentina - Año: 1939

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terrenos desiertos, llegara a las márgenes del Neuquén, completara nuestra soberanía en aquella extensa región haciendo efectiva su posición definitiva y llevara las garantías de una seguridad completa al espíritu de los amedrentados pobladores". Era, pues, un ferrocarril civilizador que iba a transformar esos inmensos desiertos en poblaciones florecientes al ponerlas en contacto permanente con el resto del país y con el mundo. Era también, en esos momentos, nu ferro carril estratégico y el propio mensaje se encarga de decirlo con la prudente discreción que correspondía al expresar "que no está lejano el día en que vemos ul este ferrocarril trepar los Andes creando vigorosos vínculos con la República de Chile, una vez impuestas por la condensación del sentido común, soluciones de paz a las cuestiones que actualmente nos agitan"; para dediear así "sus esfuerzos, sus anhelos y su acción vigorosa a resolver las cuestiones que se oponen nun a la civilización y progreso de esta parte de América".

A su vez en la última parte del discurso pronunciado por el Presidente de la Comisión de Obras Públicas, informando sobre el proyecto afirmóse que la iniciativa tendía a hacer efectiva en todos los ámbitos de la República la soberanía nacional por medio de los fue tores más eficientes en el progreso de este fin de siglo:

el vapor y la electricidad; emblema de la fuerza y del trabajo el primero, símbolo de la unidad del pensamiento argentino el segundo. — Diario de Sesiones de la Cámara de Diputados, año 1895, tomo 1 pág. 631 y tomo 11 pág. 249 .

Que la empresa actora a favor de tales antecedentes y del sentido legal de la ley N°" 3344 pretende dos cosas: a) que el aludido estatuto le acuerda una concesión para prestar servicio telegráfico al público

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Año: 1939, CSJN Fallos: 183:125 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-183/pagina-125

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