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Fallos: 182:460 de la CSJN Argentina - Año: 1938

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y el del Istituto Geográfico Militar, el verdadero río Granadas corre cinenenta kilómetros más al Norte y no de Norte a Sud, sino al revés: de Sud a Norte, todo 1 lo que permite juzgar acerea de la seriedad de los car os que se hacen al Gobierno de la Provincia. Además, on el eroquis que el actor presenta como auténtico, se dibuja al río Uri Uri como desembocando en el CGranadas bajando del Norte, Sin embargo en el mapa levantado por el Ingeniero Pauelo se encontrará que este río no figura en El. En consecuencia, dice, lo ha inventado el actor para colionestar las temerarias afirma ciones que haee en su escrito de demanda, como ha inventado el Pireas que figura en su croquis, adulteración que no necesita comentario.

Luego de referirse a la difienltad de ubicar el río Uri Uri por la espantosa confusión que existe acerca del mismo, divo que el río Pirens existe y que no ha sido inventado por la Dirección de Minas de la Provincia con el fin avieso que le atribuye el uctor, de favorecor los intereses del ex-Gobernador Pérez Alicedo.

Se refiere huezo a la discusión habida con motivo del deslinde de las tierras de Anselmo Estopiñán, entre sus descendientes y el Gobierno de la Provincia. Los titulos de Estopiñán los Fijaban en un río denominado Uri Uri o Uros; y resultó que en el lugar existían varios de ese nombre, lo que hizo imposible determinar a enúl de ellos aludía el título originario, En el conflicto, las partes arribaron a una transacción, de acuerdo a la enal y dada la confusión respecto 2 la nbieación del verdadero río Uri Uri o Uros o Urosmayo que es el verdadero nombre indígena del OTROSmayo y que significa "Río de los Uros" (una tribn) y no del oro, como generalmente se eree, resolvió eliminar ese río dudoso como límite y trazar en cambio una línea imaginaria por las altas cumbres: Chorro, Antiguyor, Ma

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Año: 1938, CSJN Fallos: 182:460 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-182/pagina-460

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