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Fallos: 181:326 de la CSJN Argentina - Año: 1938

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EMBARGO — RENTAS PROVINCIALES
Sumario: 1 A falta de un precepto legal, corresponde a la Corte Suprema establecer en cada caso si las rentas provineiales cuyo embargo se pide son 0 no necesarias para hacer frente a erogaciones imprescindibles.

29 No habiéndose probado que las rentas provinciales se hallan afectadas a erogaciones imprescindibles, procede embargarlas aun cuando la Provincia manifieste que aquéllas ingresan a "rentas generales" y se destinen etoraimonte al pago de servicios públicos indispensa (1).

Juicio: _S. A. Bodegas y Viñedos Santiago Grafigna Ltda, Y. Provincia de San Juan s. repetición.


DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD — AUTARQUIA

JURISDICCIÓN: FUERO FEDERAL
Sumario: 1" La Dirección Nacional de Vialidad es una entidad antárquica, 2 Corresponde a la justicia federal eomocer en los juicios en que es parte la Dirección Nacional de Vialidad, Juicio: Barea Juan v. Dirección Nacional de Vialidad, contienda de eompetencia.

Caso: Resulta de las piezas siguientes:


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

Corresponde a V. E. dirimir la presente contienda trabada entre el Sr. Juez Federal de La Plata y el de 1) _Ferha del fallo: Agosto 26 de 1938, En el mismo sentido:

Fallos, 171, 431; 172, 11; 175, 305; 170, 231, |

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Año: 1938, CSJN Fallos: 181:326 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-181/pagina-326

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