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Fallos: 180:44 de la CSJN Argentina - Año: 1938

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e no fué nombrado de oficio sino a propuesta del señor a La Cámara Federal revocó esa sentencia por entender que la situación planteada en autos es la misma que la resuelta por la Corte Suprema en el fallo publicado en el t. 175, pág. 239 de su colección.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, febrero 21 de 1938, Y vistos: Considerando:

Que aplicada al caso de antos la doctrina sentada por esta Corte en la enusa ° Arce, Manuel J. v. la Nación" — Fallos: t. 175, pág. 239 — como así lo ha hecho la Cámara Federal de la Capital, la expresión de agravios del apelante tiende a demostrar la diferencia que existe entre el supuesto a fallarse y el decidido en el antecedente citado, a enyo efecto recuerda que el perito Gordillo — (cuyos honorarios, a título de costas, pretende cobrar el netor en este juicio) — fué nombrado a propuesta de su parte y no de oficio (como lo fué el Ing. Aree) y que era empleado de la Universidad de Córdoba, no dependiendo en consecuencia directamente del P. E., lo que era el caso del nombrado en segundo término.

Que ambas circunstancias, exactas en sí, no bastan para desvirtuar las conclusiones del fallo apelado.

Que, en efecto, si bien es cierto que el Ing. Gordillo era empleado de la Universidad de Córdoba — Conf.

Es, 18 vta, — la antarquía de esta institución no es tul, que impida considerarlo en ese carácter, incluído en el personal administrativo de la Nación, según nsí resulta de la doctrina de los ensos transeriptos en los tomos 122, pág. 120; 166, pág. 264; y 178, págs. 121 y 367 de la

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Año: 1938, CSJN Fallos: 180:44 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-180/pagina-44

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