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Fallos: 180:343 de la CSJN Argentina - Año: 1938

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cios conseeuntivos a la infraeción cometida en el hecho de la causa.

En su mérito se hace lugar a la demanda y se condena a don Gustavo E. Meyers a pagar a don Eduardo Carrizosa, la suma que éste jure dentro de la cantidad de eineo mil pesos moneda nacional; sin intoreses; con costas. Hágase saber, repóngase el papel y en su oportunidad archívese.

Ronento Rererro — AnTtosio Sacarya — Luis LiNares — B. A. Nazar AxCHOneNA — Jrax B. Tenás.

RECURSO EXTRAORDINARIO: PROCEDENCIA —

CUESTION FEDERAL,
Sumario: Procede el recurso extraordinario contra la sentencia que acuerda la carta de ciudadanía por razones de hecho, si aquél se funda en la naturaleza de las pruebas admitidas, por hallarse afectada la justa interpretación de los arts. 1" y 27 del decreto reglamentario de la ley NY 46, Juicio: Fiscal de la Cámara Federal del Rosario, recurso de hecho en el juicio "Blumberg José s. ciudadanía", Caso: Resulta de las piezas siguientes:

Recurso DE QUita DEL Fiscar. DE CÁMARA Suprema Corte:

Como Fiscal de Cámara en los autos caratulados Blumberg José-Cindadanía (exp, No 4408 de entrada a esta Cámara) a Y. E. digo que:

La Exma. Cámara Federal de esta sección, confirmó (por

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Año: 1938, CSJN Fallos: 180:343 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-180/pagina-343

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