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Fallos: 180:226 de la CSJN Argentina - Año: 1938

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manda, fundándose en otras razones de derecho común suficientes por sí solas para sustentar ese pronunciamiento Juicio: Yáñez Martínez Julio M. v, Comisión organizadora de la rifa pro Iglesia Parroquial de Santa Teresita s. cumplimiento de contrato de juego.

Caso: Resulta de las piezas siguientes :

DicTaMEN DEL Procrnanor GENERAL Suprema Corte:

En octubre de 1931 una comisión de damas presidida por la Sra. Josefina Vedoya de Ocampo, obtuvo del Ministerio del Interior autorización para efectuar una rifa destinada a edificar la Tglesia Parroquial de Santa Teresita y una escuela-taller en esta ciudad.

Habiendo surgido luego dificultades para la colocación de billetes, la misma comisión consiguió del Ministerio se prorrogara el sorteo por dos veces (febrero 4 y abril 21 de 1932), y finalmente se dejara sin efecto la rifa, con cargo de devolver el importe de los números vendidos (enero 20 de 1933). Así se hizo, publicándose avisos en los diarios, según lo expresa el señor Jefe de Policía en su informe del 3 de febrero subsiguiente fs. 59 vta.).

Esta resolución no satisfizo el Dr, J. M. Yáñez Martínez, quien había adquirido tres números. Se presentó a la justicia entablando demanda contra la Comisión organizadora a fin de que se la condenase a efectuar la rifa o en su defecto, arbitrara el Juez los medios conducentes a su realización (fs. 8 vta.). Corridos los trámites de práctica, la sentencia de primera instancia declaró que el sorteo se había hecho imposible por falta de colocación oportuna de suficientes boletos,

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Año: 1938, CSJN Fallos: 180:226 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-180/pagina-226

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