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Fallos: 18:60 de la CSJN Argentina - Año: 1876

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CAUSA XCY
Y. Casares é hijos contra D. G. J. Nuttall, sobre lanchages.

Sumario. — 1° Habiéndose alegado hechos no consentidos por la contraparte, debe recibirse la causa á prueba.

2" No habiéndose procedido así en 1" Instancia, la Suprema Corte puede devolver los autos para que se produzca la prueba de ellos, juzgándola necesaria.

Caso. — V. Casares é hijos demandaron á D. G. J. Nuttall por cobro de 10.061 ps. m/;. por saldo de lanchajes de tirantes de fierro venidos ú su consignacion.

Nuttall opuso falta de personería, por no haber él encargado ú los Sres. Casares la descarga, cuyo lanchaje cobraban.

Los Sres. Casares contestaron que Nuttall habia ya pagado á cuenta de ellos la suma de 29.000 ps., con cuyo hecho habia reconocido su personerí 1.


AUTO DEL JUEZ SECCIONAL.
Buenos Aires, Noviembre 25 de 1873.

Vistos: estos antos seguidos por los Sres. Vicente Casares € hijos contra D. G. J. Nuttall por cobro de cantidad de pesos,

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Año: 1876, CSJN Fallos: 18:60 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-18/pagina-60

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