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Fallos: 18:458 de la CSJN Argentina - Año: 1876

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Fallo del Juez Seccional.

Mendoza, Julio 15 de 1876.

Vistos: D. Hermógenes Pontis deduce demanda contra D.

Manuel J. Villalobos, sobre rendicion de cuentas de la administracion de unos bienes que le fueron embargados por decreto de este Juzgado, recaido en causa criminal que se le siguió por participacion en la rebelion acaecida el año 1874 y que fueron depositados en poder de dicho Villalobos.

Resulta que presentada por Villalobos la cuenta corriente áf. 13 de la cual aparece que Pontis le es deudor por la suma de trescientos treinta y un pesos cincuenta y dos y medio centavos bolivianos, este último la desconoce, sosteniendo no estar obligado á abonar honorarios de depositario por no haber sido condenado á pagarlos en juicio y no haber personalmente tampoco por su parte encomendado ú nadie la administracion de sus bienes; y acompaña la contracuenta corriente á f....de la cual á su vez aparece acreedor de Villalobos por la suma de dos mil doscientos siete pesos, setenta y cinco centavos, valor de deterioros causados en la finca embargada, y de dos animales vacunos y doscientos tres y media fanegas de trigo que le faltan, y que pide se le manden abonar con sus intereses y costas.

Corrido traslado de la contrademanda, Villalobos insiste en la procedencia de las partidas de la cuenta presentada por su parte, y sostiene que no debe hacerse lugar á la demanda de Pontis, manifestando no ser causante ni responsable por consiguienté de perjuicio alguno de los que cobra este último, haber dispuesto con autorizacion judicial de los dos animales cuyo valor se les cobra, y encontrarse además en especie á disposicion del demandante el trigo que tambien se le cobra,

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Año: 1876, CSJN Fallos: 18:458 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-18/pagina-458

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