prestó á D. Guillermo Gath la suma de sesenta y un mil pesos m/c. dándole este en garantía la accion de una legua y media de campo que poscia por cesion hecha por el Gobierno de la Provincia, concediéndole además la facultad de venderlo en remate público.
2" Que efectuada la subasta en virtud de esta autorizacion, Bullrich presentó á Gath la cuenta de f. 4° del producido de la venta, conteniendo una partida que espresa haber entregado al Doctor Haslam, por documentos descontados la cantidad de 42,786 pesos m/c. cuenta que lleva la fecha de 14 de Mayo de 1875.
3" Que en 19 de Mayo de 1875 D. Guillermo Gath dió el recibo que aparece copiado á f. 13 vta. en que dice que recibe la suma de cu... ita y tres mil ciento veinte y seis pesos m/c. por saldo de cuentas hasta la fecha, espresiones que en concepto del demandante comprenden la entrega á Haslam, 4° Que en 22 de Mayo de 1875 D, Guillermo Gath entabló la demanda de f. 7, esponiendo que D. A. Bullrich y €", ha traspasado sus instrucciones ; que nunca les autorizó para hacer á otras personas pagos en su nombre; y que habiendo traspasado sus instrucciones el pago es nulo, y como tal deben devolver la suma que han entregado al Sr. Haslam. Que el recibo que ha dado le ha sido arrancado, y aunque así no fuera, no conociendo el español en cuyo idioma se halla redactado, no tenia conocimiento de el, ni se le permitió tomarlo dentro del escritorio del Sr. Bullrich; que dice de nulidad de dicho recibo porque al firmarlo, no ha tenido la intencion de hacer una cancelacion de cuentas con Bullrich sinó otro muy diferente; que á f. 21 D. A. Bullrich contesta la demanda, y espone: Que aunque no tuvo autorizacion para la entrega de la cantidad al Sr. Haslam, lo hizo con noticia y con consentimiento del demandante. Que aún uando hubiese carecido de esta autorizacion ella debe
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Año: 1876, CSJN Fallos: 18:154
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