Caso. —D. José Torres demandó ante el Juzgado Federal de Bu. sos Aires ú D. Juan Torres, residente en Corrientes, por cobro de pesos.
Librado el exhorte de emplazamiento, D. Juan Torres entabló ante el Juez Federal de Corrientes una contienda de competencia, que dicho Juez se negó á promover.
La demanda fué seguida y sentenciada en rebeldia por el Juez Federal de Buenos Aires.
D. Juan Torres dedujo el recurso de rescision, fundándolo únicamente sobre la incompetencia del Juez Federal en razon de ser estrangeros el demandante y demandado.
Fallo del Juez Seccional.
Buenos Aires, Mayo 12 de 1876, Vistos: estos autos seguidos por ID. José Torres contra D. Juan Torres, por cobro de pesos, y en el incidente sobre rescision de la sentencia pronunciada en rebeldia y considerando :
1" Que el recurso de rescision solo procede en los casos en que hay lugar al recurso de nulidad, y este no tiene lugar sinó por la violacion de las formas y solemnidades que prescriben las leyes, cuya violacion debe tener lugar antes de la sentencia, pues solo de estas se acuerda el mencionado recurso (artículos 233 y 234 de la ley de Enjuiciamiento); y en el caso ocurrente no se alega € invoca ningun vicio anterior del hecho del pronunciamiento de la sentencia.
2" Que aunque la incompetencia de jurisdiccion fuera bastante para establecer la nulidad que autorizase la rescision, esta iucompetencia debe ser manifiesta y corstar en autos antes de dictarse la sentencia para que el Juez estuviera
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Año: 1876, CSJN Fallos: 18:158
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