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Fallos: 178:259 de la CSJN Argentina - Año: 1937

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RECURSO EXTRAORDINARIO — PROCEDENCIA —
MARCAS DE FABRICA — USURPACION,
Sumario: 1 Procede el recurso extraordinario contra la sentencia que, al declarar que una combinación de números patentada como marea no es tal sino un signo para distinguir tipos o formas, desconoce derechos protegidos por la ley N" 3975, invorados por el recurrente, 2 Aun cenando los números no hayan sido registrados como dibujo especial, la combinación de ellos puede constituir una marea y registrarse como tal sí antes no se hubiese concedido otra marea igual o semejante, Juicio: Perry y Cía, v. Davies Arturo, s. usurpación de marea, Caso: Resulta de las piezas siguientes:

SENTENCIA DEL JUEZ Formar Buenos Aires, abril 13 de 1936, Vistos y Considerando:

1" Que la razón social Perry y Co. Limited de Birminehom y Londres, Inglaterra "propietarios de Jas marcas de fábrica "3417, "310, "2301" y °"B4107 para distinguir plumas metálicas para eseribir, clase 18, cuya propiedad aeredita con los títulos agregados a fs. 1, 4, 7 y 15, querella a Arturo H, Davies por imitación fraudulenta y usurpación de las referidas mareas y pide que en definitiva se le condene al máximum de la pena que establece el art, 48 de la ley 3975, al paro de la ai de daños y perjuicios y las costas del juicio, 27 Que praeticadas por el Oficial de Justicia las dili= eencias de embargo para acreditar el cuerpo del delito, de que informan las netas de fs. 13 y 22, se comprobó que en el negocio del acusado ealle Salta 2345, existían mil doscientas enjas cerradas de plumas metálicas en cuya etiqueta principal se lee entre otras cosas: Edmund S. Perry, London y los números 241, 210 y 1301, y en el escritorio una enja abierta con la mareen Edmund S. Perry No 3410, También se comprobó que en el negocio de Domingo Alberti, calle Santa Fe 2615. existían

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Año: 1937, CSJN Fallos: 178:259 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-178/pagina-259

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