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Fallos: 176:372 de la CSJN Argentina - Año: 1937

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372 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Buenos Aires, julio 7 de 1936.

Autos y Vistos: Para resolver estos autos caratulados "Empresa de los Ferrocarriles de Entre Ríos contra la Nación, sobre cobro de pesos", de acuerdo a lo ordenado por la Excma, Cámara Federal en su resolución de fs. 275.

Considerando :

L Que dados los términos en que se ha pronunciado la Excma. Cámara Federal a fs. 275, la cuestión a resolver y que se plantea consiste en establecer cuál es el criterio que debe orientar la apreciación de la indemnización debida a la actora y determinar su monto.

II. El señor Procurador Fiscal al contestar la demanda sostiene que en el presente es de aplicación la ley N° 5315 y por lo tanto de acuerdo a lo preceptuado en el art. 16 de la misma el precio abonado por el Gobierno de la Nación por la expropiación efectuada se ajusta a sus términos, no admitiendo en estas condiciones ninguna otra reclamación por tal concepto.

Dicho criterio no es compartido por el suscripto; la referida ley N" 5315 no es aplicable en el presente caso. La concesión ferroviaria que gozaba la actora es de fecha anterior a la ley en cuestión, circunstancia ésta sola que echaría por tierra la tesis sostenida por el señor Procurador Fiscal, ya que las leyes rigen para el futuro, no tienen efecto retroactivo, ni pueden alterar los derechos adquiridos (art. 3", Cód. Civ.). Pero por si quedara alguna duda al respecto, bastará una

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Año: 1937, CSJN Fallos: 176:372 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-176/pagina-372

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