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Fallos: 175:186 de la CSJN Argentina - Año: 1936

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lo resuelto por este Tribunal en la causa Gobierno de la Nación versus Leonardo Pereyra, Gaceta del Foro, tomo 31. púzy. 281).

Que contra la pretendida propiedad originaria de la provincia que se invoca, opone la accesión que es uno de los medios reconocidos por la ley para adquirir el dominio (arts, 2524, ine. Jo, y 2571 del Código Civil) y que se ha operado en favor de muchos de los ribereños por el cambio violento del curso del Riachuelo, acaecido por una extraordinaria creciente en 1884, al dejar en seco parte de su antiguo cauce, el cual ha acrecido los terrenos inmediatos.

Que corresponde que se aplique al caso el art, 2573, que prevé, si no una situación igual, por lo menos anúloga.

Que la propiedad que posee su mandante fué adquirida de don Ernesto Tornquist y Cía. en agosto 26 de 1927, por escritura celebrada ante el escribano don Luis Fernández Beyro, bajo el nombre de La Elisita; atribuyéndole una superficie de 55.519 metros cuadrados, en la que se incluye la tomada para dos calles públicas que aparecen en el plano de la propiedad; entendiéndose abarcados, además, por esa operación "los derechos que la vendedora tuviera dentro de los límites respectivos sobre cualquier exceso de terrer », ya sea por posesión antigua, accesión o aluvión, elc., ete".

Que en las mismas condiciones adquirieron la propiedad sus antecesores, cuya posesión data de más de treinta años, :

Que el antiguo cauce pudo ser del dominio público, pero cuando quedó descubierto por el cambio de curso de las aguas, pasó a ser un bien como cualquier otro susceptible de apropiación privada. Que como tal bien

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Año: 1936, CSJN Fallos: 175:186 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-175/pagina-186

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