RESOLUCIÓN DE LA CAJA FERROVIARIA
Buenos Aires, Octubre 3 de 1934.
Vistas estas actuaciones, atento lo dictaminado por la Asesoria Legal, y de conformidad con lo resuelto por el Directorio en su sesión del 27 de Septiembre ppdo., al aprobar el precedente despacho de la Comisión de Pensiones y por sus fundamentos:
1° Desestimase el pedido formulado pur don Miguel y don Candelario A. Basualdo, a fs. 34.
2? Notifiquese, dándosele vista del precitado despacho y archívese.
H. González Iramain,
SENTENCIA DE LA CÁMARA FEDERAL
Buenos Aires, Febrero 27 de 1935.
Y Vistos:
De acuerdo con lo resuelto por este Tribunal en los casos de Carlos Lambruschini, Ramón Tovar y Francisco Aguilera, fallados en 4 de Septiembre, 20 de Noviembre de 1931 y de 6 de Septiembre de 1933, respectivamente, se confirma la resolución apelada de fs. 38, que deniega el pedido formulado por Miguel y Candelario Basualdo, a fs. 34. Devuélvanse sin más trámite, — Esequicl S. de Olaso. — R. Villar Palacio. -- J. 4.
González Calderón.
Compartir
62Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1936, CSJN Fallos: 174:28
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-174/pagina-28
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 174 en el número: 28 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos