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Fallos: 174:247 de la CSJN Argentina - Año: 1936

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Los arts. 625, 741, 902, 1197, 1198, 1201 y concordantes del Código Civil, arts. 37, 4", 9", 10 y concordantes de la ley 4167 y de sus decretos reglamentarios, rigen en el caso "sub judice".

Por las consideraciones que preceden, fallo: rechazando la demanda instaurada a nombre de Juan Braun contra la Nación sobre otorgamiento de escritura de la mitad Oeste del lote 1.

fracción B. sección 31 de la zona Sud del río Santa Cruz, de que informa el escrito de fs. 3. Costas por sti orden, atenta la naturaleza de la causa. Notifíquese. repóngase el sellado, oportunamente archivese, dejándose constancia de la devolución a su procedencia del expediente administrativo agregado, Saúl M. Escobar.


SENTENCIA DE LA CAMARA FEDERAL
Buenos Aires, Agosto 17 de 1934.

Y Vistos:

Estos autos seguidos por el señor Juan Braun contra la Nación, por escrituración de un contrato de compra-venta de tierra fiscal, para pronunciarse acerca de los recursos de apelación concedidos a fs. 57 vta, y 58 vía.: y Considerando :

1° Que en presencia del inconfundible

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Año: 1936, CSJN Fallos: 174:247 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-174/pagina-247

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