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Fallos: 173:254 de la CSJN Argentina - Año: 1935

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Considero que la denegatoria del recurso extraordinario

En su mérito, pido a V. E. se sirva declarar que no procede el recurso de queja traido a su conocimiento.

Buenos Aires, Mayo 29 de 1934.

Horacio KR. Larreta,
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Octubre 5 de 1934, Autos y Vistos:

El presente recurso de queja por denegación del extraordimario deducido por la Caja Nacional de Jubilaciones y Pensiones Civiles contra una resolución de la Cámara Segunda de Apela

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Año: 1935, CSJN Fallos: 173:254 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-173/pagina-254

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