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Fallos: 173:249 de la CSJN Argentina - Año: 1935

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Caja Nacional de Jubilaciones y Pensiones Civiles en los autos Juan Bautista Mazza contra don Enrique Questa, sobre oposición a la entrega de fondos provenientes de accidentes del trabajo, Sumario: El artículo 9 de la ley 9688, dispone en términos tan claros el sistema indirecto de la renta como procedimiento para el ajuste de la indemnización, que hace inadmisible las interpretaciones conducentes a obtener la entrega inmediata del capital al accidentado o sus derecho-habientes.

De acuerdo con el artículo 17 de la misma ley, la acción que ella autoriza y la derivada del derecho común, son exeluyentes, y la simple iniciación de una de ellas, importa la renuncia ipso facto de los derechos que en ejercicio de la otra pudieran corresponder.

Caso: La explican las piezas siguientes .


AUTO DE 1 INSTANCIA
Santa Fe, Julio 25 de 1933.

Autos y Vistos:

La oposición de la Caja Nacional de Jubilaciones y Pensiones Civiles al cumplimiento de la sentencia dictada en el juicio seguido por don Juan Bautista Mazza contra don Enrique Questi por indemnización de un accidente del trabajo:

Y Considerando:

Que la Caja Nacional de Jubilaciones y Pensiones Civiles no ha sido parte en este juicio; que carece de personería para eponerse por vía de incidente al cumplimiento de una sentencia

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Año: 1935, CSJN Fallos: 173:249 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-173/pagina-249

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