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Fallos: 173:213 de la CSJN Argentina - Año: 1935

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ante la justicia local del crimen y, después de producida esta incidencia sobre incompetencia, mantiene su posición como resulta del escrito de fs. 14 que ha presentado en estas actuaciones, Por todo lo expuesto, soy de opinión que corresponde dirimir la presente contienda en favor de la competencia del Juez del Crimen de la Capital de la Nación para conocer en esta causa.

Buenos Aires, Julio 25 de 1935.

Juan Alvarez.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Agosto 7 de 1935.

Autos y Vistos:

Que con metivo de la venta en remate público de un inmueble ordenada por un Juez de 1 Instancia en lo Civil de la Capital en el concurso civil de don Ernesto G. Schroeder se han producido diversos hechos que han dado motivo al Banco de la Nación, acreedor del concurso, para acusar a don Martin A, Etchart y otros por tentativa de malversación, defraudación y falsificación de documentos públicos.

Que uno de los acusados, prófugo durante largo tiempo, ha promovido ante el Juez Federal en lo Criminal y Correccional cuestión de competencia por inhibitoria fundado en que, pudiendo resultar perjudicado el Banco de la Nación con ocasión de los hechos imputados como delictuosos, el conocimiento de la causa corresponde a la justicia federal.

Que, desde luego, la justicia ordinaria de la Capital es competente para conocer en el concurso civil de don Ernesto G.

Schroeder conforme al precepto del art. 12 inciso 1° de la Ley N" 48 y en virtud del principio de atracción de aquel juicio uni

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Año: 1935, CSJN Fallos: 173:213 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-173/pagina-213

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