SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Rosario, Septiembre 7 de 1933, Autos y Vistos:
La presente querella seguida contra Alberto Nicolás Caputi, clase 1911, matricula 2.172.729, D. M, 33, por infracción a los arts, 66 y 81 de la ley 4707.
Y Considerando:
1 Que con los documentos de fs. 1 y 2 se justifica que el nombrado infractor adenda la suma de treinta y siete pes0s en concepto de tasa militar, más doce pesos moneda nacional por multa, por no haber renovado la excepción y abonado las tasas en los años 1932 y 1933, 2 Que la falta de dinero como causal para no haber cumplido con la ley a que alude el querellado en su indagatoria de fs. 4, no puede eximirlo de responsabilidad, por lo que estimo procedente la querella, Por estas consideraciones resuelvo: Condenar a Alberto Nicolás Caputi, a pagar dentro de cinco días, la suma de cuarenta y nueve pesos moneda nacional, en concepto de tasa militar y multa, o en P, Morcillo Suárez
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Año: 1934, CSJN Fallos: 171:300
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-171/pagina-300
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