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Fallos: 171:214 de la CSJN Argentina - Año: 1934

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ted, con su sede principal en aquélla y autorizada y reconocida en el país por el Poder Ejecutivo de la Nación.

Con fecha ocho de Agosto de mil novecientos treinta y cuatro fué confirmada por Ia Corte Suprema, por los fundamentos sustentados por la misma en los autos in re "Procurador Fiscal €/, Amadeo Garesio", fallado con fecha 11 de Agosto de 1933, la sentencia pronunciada por la Cámara Federal de Apelación de Rosario, confirmatoria de la dictada por el Juez Federal de Santa Fe, que retiró la carta de ciu.Jadanía otorgada por el mismo Juzgado el 8 de Octubre de 1920, a Juan Golife o Galifi (a) Alonso o Chicho Grande 0 Don Chicho Grande, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1047 y concordantes del Código Civil y articulo 14 del Decreto del 19 de Diciembre de 1931.

con costas.

Con fecha trece de Agosto de mil novecientos treinta y cuatro fué confirmada por la Corte Suprema la sentencia pronunciada por la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital, confirmatoria, a su vez, de la dictada por el Juez del Crimen, que decretó la prisión preventiva de José Agustín Pérez, procesado por el delito de intimidación pública; de conformidad con lo dictaminado por el Procurador General, y en razón de que el auto que la decretaba, se fundaba en la comisión del delito previsto en el artículo 212 del Código Penal, cuyo juzgamiento es privativo de la justicia ordinaria, de =cuerdo con lo que establecen los arts. 25 y 31 del Código de Procedimientos Criminales de la Capital.

Con fecha 17 de Noviembre de 1934, fué confirmada por la Corte Suprema la sentencia dictada por la Cámara Federal de

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Año: 1934, CSJN Fallos: 171:214 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-171/pagina-214

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