de evitar molestizs a las personas, sino con el fin de no agraviar hos poderes, de los enales éstos forman parte, La detención de un tegisador afecta principalmente al Parlamento, y los jueres deben extremar la prudencia para no exponerse a la sanción del art. 22 del Código Penal vigente, que reprime a los funcionarios públicos que en la detención o formación de catsa contra 1 miembro de los poderes públicos nacionales o provinciales, 15 emrdore la forma preseripta en las Constituciones o leyes res rectivas.
me el estado de sitio que rige actualmente en el país, solo susperrde las garantias constitucionales que rodean a las personas y cosas, pero no alta las inmunidades que protegen 2 los levisladores. Esta tesis ha sido invariablemente sostenid: por la «doctrina de los autores argentinos, consagrada por la enseñanza impartida desde los elaustros imiversitarios y mantenida tniformemente por li jurisprodencia invariable de los tribunales del país, "Ni aún ante la amenaza de gravisimas circunstancias que alteren el orden social y constitucional durante el estado de sitio.
el privilegio pierde su fuerza en salvaguarda de los principios que le dieron vida, porque la unidad parlamentaria entre nosotros, se gún el precepto vertido en la cátedra y por el General Mitre, es LL más amplia y absoluta que existe en el mundo".
La Suprema Corte de Justicia de la Nación en la causa contra el senador nacional doctor Leandro N. Alem, por el delito de rebelión contra el Gobierno Nacional, en el fallo inserto en el tomo 54 de la 4 serie, pá. 453, con fecha 15 de Diciembre «de 1803, resolvió que toda medida que directa o indirectamente vulnere los fueros parlamentarios adoptada en virtud de las faeultades que el estado de sitio confiere, sería contraria 5 la esti cia misma de mquella institución, "Son altos fines políticos lo que se ha propuesto la Constitución, y si ha considerado esencial exi inmunidad, es precisamente para asegurar no solo la indepeir«encia de los poderes públicos entre si, sino la existencia misma «de las autoridades creadas por la Constitución". "De todo lo expuesto resulta, sigue diciendo este alto Tribunal, que en tanto no
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Año: 1934, CSJN Fallos: 169:79
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