con el art. 4037 Código Civil se prescribe al año, hahiendo empezado el tiempo a correr desde que la Corte reconoció el derecho a iniciar esta demanda.
3 Que corrido traslado de la excepción opuesta, ella se contesta a fs, 31 y habiéndose abierto después la causa a prueba ce produjo la certificada a fs, 197 via. Las partes alegaron scbre su mérito y el expedieme quedó en estado de sentencia; Y Considerando:
1° Que la defensa fundada en la prescripción debe, por su indole, ser resuelta en primer término. Argumenta a este respecto el representante de la Nación, diciendo: "que se desconoce la facultad del Gobierno para ordenar el levantamiento de los rieles. Su actitud sería, por lo tanto, un cuasi-delito 9 la acción se prescribe al año, art. 4037 Cód. Civil". Ha quedado resuelto sin embargo, por sentencia firme (ver Es, 498 vía.
del expediente seguido entre las mismas partes L. N' 30, año 1998, que el suscrito tiene a la vista) que lo actitud del Gohierno, al levantar las vías, no importa un acto ilicito, de los clasificados cuasiddelitos por los articulos 1066 y 1109 Código Civil: de modo que no es aplicable al caso la prescripción del art, 4037, invocado por el representante de la demandada. Por otra parte, no debe perderse de vista que lo que la empresa reclama son derechos emergentes de una sentencia dictada a su favor, los cuales se prescriben a los diez años, aún cuando la primitiva obligación se rija por una prescripción menor u mayor. ¿Por qué se prescribe la "actio imdicati" a los diez años? se pregunta Jofré. "Sencillamente --responde—- porque la preseripción queda interrumpida por la demanda (art. 3986 Cód. Civil), y para que tal interrupción cese, se necestia un texto legal que no existe. Es natural que la lógica de los principios nos llevaria a la conclusión que la "actio indicati" es in pre-criptible: pero tal solución no procede en presencia de lo dispuesto por el art. 539 del Cód. de Procs. La ley procesal no ha determinado el tiempo en que se prescribe la ejecutoria,
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Año: 1934, CSJN Fallos: 169:406
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