En la misma fecha fué confirmada, igualmente, la sentencia prommeiada por la Cámara Federal de Apelación de La Plafa, la que confirmó, a su vez, la dictada por el Juez Letrado del Territorio Nacional de Santa Cruz, que condenó a Pedro Oyarsún a sufrir la pena de catorce años de prisión, costas y acceso rias legales, como autor del delito de homicidio perpetrado en la persona de Alfredo Chaura, el día 17 de Abril de 1929, en la estancia "Cerro Primero de Abril", situnda en "Cañodón León".
Departamento San Julián, jurisdicción del expresado territorio, En la misma fecha fué confirmada por la Corte Suprema la sentencia promnciada por la Cámara Federal de Apelación de La Plata, confirmatoria de la del Juez Letrado del Territorio Nacional del Chubut, que condenó a José Purísimo Ulloa, a si frir la pena de diez y siete años de prisión, costas y accesorias legales, como autor del delito de homicidio perpetrado en la persona de Carmen Yañez, ocurrido en el paraje denominado "Cajón de Cholila", jurisdicción de dicho territorio, el día 6 de JuTio de 1930.
Con fecha catorce de Julio de mil novecientos treinta y tres fué confirmada por la Corte Suprema la sentencia promnciada por la Cámara Federal de Apelación de Bahía Ilanca, 11 que confirmó a su vez, la dictada por el Juez Letrado del Territorio Nacional del Río Negro, que condenó a Julián López, a sufrir la pena de catorce años de prisión, costas y accesorias legales, como autor del delito de homicidio perpetrado en la persona de Bonifacio Opaso, ocurrido el 2 de Enero de 1928, en Viedma, Capital del expresado Territorio.
En la causa seguida por F. E. Moresco contra el Gobierno Nacional, sobre cobro de intereses, manifiesta la actora en su «demanda que vendió a la Nación mercaderias destinadas al Asi
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Año: 1934, CSJN Fallos: 168:351
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