Y Manifestar su conformidad para que 2 favor de don Celso Elizalde y a los efectos de la jubilación que tiene solicitada, se le computen los servicios prestados en la Administración Na , cional, o sean 20 años, 11 meses, dejándose constancia que el caryo establecido de acuerdo con lo dispuesto por el art. 20 de la ley 11.200 asciende en el presente caso, a la suma de mil seiscientos dos pesos con cincuenta centavos ($ 1602.50-m,n.) moneda micional. : .
2 Remitase a la €, N- de J. Bancarias sirviendo la prese::
te ele atenta nota.—Jos? D. Santillán, — M. Pereyro Preoku, 1. Valle,
DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE LA CAJA BANCARIA -
Señor Presidente :
a Comisión, previo estudio de las presentes actuaciones aconseja al H. Directorio acuerde al señor Celso Elizalde la juhilación ordinaria con servicios mixtos (con honificación art.
40) que solicita, debiendo la Contaduría practicar la liquidación respectiva, previa fijación por la Caja Nacional de Jubilaciones y Pensiones Civiles de la parte proporcional 3 su cargo por los años «de servicios que ha computado al recurrente. — Junio 8 de 1931.
E. Ciqueli. — P. €. Cichero.
RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA CAJA MAXCANIA
Neta N° 302 del 96,931, Jubilación ordinariz con servicios, mixtos. Visto el expediente E,/3614/1930 en el cual el señor Cebo Elizalde solicita jubilación ordinaria con servicios mixtos y atento a lo aconsejado por la Comisión, el Directorio resuelve conceder al señor Celso Elizalde empleado de la Sociedad Banca
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Año: 1934, CSJN Fallos: 168:320
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