DICTAMEN DEL PROCURADOR CEMERAL
Buenos Aires, Febrero 13 de 1933 Suprema Corte:
La cuestión que se sincita en esta casa se vincula con la del ejercicio del derecho del voto, que el art. 6" de la ley electoral N SA71 lo impone a su vez como un deber, con carácter obligatorio, El exsmen de los antecedentes que rigen la forma de gobierno que adopta la Constitución en su art. 1", lleva a una conclusión opuesta a la que sostiene el recurrente. El sistema repre«entativo republicano consiste en la participación del ciudadano
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Año: 1934, CSJN Fallos: 168:133
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-168/pagina-133
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