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Fallos: 167:432 de la CSJN Argentina - Año: 1933

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que la Nación sea parte, lo que es inaceptable por contrariar espresas disposiciones de las leyes de fondo y forma, sentencia «que fué confirmada por la Corte Suprema, con fecha 10 de Mar70 de 1933.

En la contienda de competencia trabada entre el Juez Letrado de los Territorios de Santa Cruz y Tierra del Fuego y el de 1 Instancia en lo Civil de esta Capital, para conocer en el juicio seguido por cobro de pesos, por don Pablo Núñez contra don Alfonso Haase, la Corte Suprema, con fecha 10 de Marzo «de 1933. y de conformidad con lo dictaminado por el Procura «dor General, declaró que el conocimiento de la causa correspondía al último de los Jueces mencionados, por resultar de lo ex .

puesto por el actor en el escrito de iniciación de la demanda interpuesta ante el Juez del Territorio. que el demandado tenía su domicilio en esta Capital Federal, y no haberse demostrado en esa causa, que quien firmó el documento que sirve de base at la acción, estuviese autorizado en forma legal para actuar como apoderado, y comprometer en consecuencia al demandado, obli zándolo a concurrir a ma jurisdieción extraña : la de su do micilio En la misma fecha y de conformidad con lo dictaminado por el Procurador General, se declaró improcedente la queja de «lucida por don Gerónimo Silva y otra en autos con la Caja Nacional de Jubilaciones y Pensiones Ferroviarias, sobre pensión, en razón de que la queja por apelación denegada fué interpuesta «después de vencido el término que al efecto señala el artículo 231 de la ley nacional número 50, En trece del mismo y de conformidad con lo dictaminado por el Procurador General, no se hizo lugar a la queja deducida

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Año: 1933, CSJN Fallos: 167:432 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-167/pagina-432

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