E
É 2 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
É Por todo ello pido a V. E.:
1. Que disponga que los señores defensores del doctor Alvear cumplan en el acto de la notificación con lo que dispone el art. 622, ine, 5° del Cód, de Procedimientos en lo Criminal.
II. Que lo que se impute como restricción a la libertad se haga conocer del señor Ministro del Interior pidiéndosele se digue informar sobre las causales legales o circunstanciales que el autor de la detención el señor Presidente de la Nación tenga para negar o restringir el derecho que ejercita el doctor Alvear, HI Que fecho vielva para expedirme sobre el fondo, Julián Paz.
» AUTO HE LA CÁMARA FEDERAL Buenos Aires, Febrero 15 de 195:
Hallándose en autos (fs. 3 a 5) el informe del señor Ministro del Interior acerca de la detención del doctor Marcelo T. de Mvear y de La opción expresada por éste de abandorar el país, como asimismo las razones en que el señor Presidente de la Nación funda sa resolución, vuelvan estos autos en vista al señor Procurador Fiscal para que dictamine sobre la procedencia o improcedencia del recurso deducido. — KR. Villar Palacio. — Bd.
Nuzar Auchorcia, — Rodolfo S. Ferrer. — de A. González Culderói,
DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL DE CÁMARA
Buenos Aires, Febrero 16 de 193:
Excma, Cámara:
En el art. 23 de la Constitución Nacional, se autoriza el procedimiento usado por el señor Presidente de la Nación contra el lector vear y la opción de este señor para ausentarse del país.
Compartir
65Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1933, CSJN Fallos: 167:278
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-167/pagina-278
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 167 en el número: 278 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos