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Fallos: 167:248 de la CSJN Argentina - Año: 1933

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248 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA por don Federico Dumas en autos con don José E. Leal, por cubro de pesos, por inferirse de los antecedentes relacionados, que la cuestión planteada, motivo de la queja. fué resuelta por razones de hecho y prueba y por aplicación de principios de derecho común.

En la misma fecha no se hizo lugar a la quejes deducida por doña Maria R. de Maldonado en autos con la Caja Ferroviaria.

sobre pensión, por inferirse de los antecedentes acompañados, que la cuestión planteada, que dió origen al remedio federal intentado. fué resuelta por razones de hecho y prueba exclusivamente.

En la cuestión de competencia por inhibitoria suscitada entre un Juez en lo Civil y Comercial de la ciudad del Rosario de Santa Fe y otro de la misma na'uraleza de la Capital Federal, para conocer en el juicio seguido por don Evaristo Almirón con tra don Juan R. de la Cruz. por cobro de pesos, la Corte Suprem:.. com fecha 6 de Febrero de 1933, y de conformidad con lo dictaminado por el Procurador General, declaró que el conocimiento de la causa, correspondía al primero de los Jueces nombrados, en razón de que la parte interesada ocurrió ante éste.

con anterioridad, oponiendo la excepción de falta de jurisdicción, lo que implicaba elegir la vía por declimtoria para substanciar 'a cuestión de competercia, excepción que no pudo aban«donar, por lo que no correspondía dar curso a la inhibitoria, de acuerdo con la reiterada doctrina del Tribunal (art. 412, C. de Procedimientos de la Capital, de aplicación en lo federal. Fallos.

tomo 107. pág. 158; tomo 124 pág. 144 ). Agregándose, además, que el demandado había reconocido que los hechos motivo de la acción instaurada ocurrieron en la ciudad de Rosario.

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Año: 1933, CSJN Fallos: 167:248 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-167/pagina-248

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