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Fallos: 165:66 de la CSJN Argentina - Año: 1933

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La FALLOS DE LA CORTE SUPREMA reit:rados casos, ln igualdad que asegura la Constitución no im porta atra cosa que la abolición de los fueros personales y la prohibición de que se establezcan exenciones o privilegios que xcluyan a unos de lo que se concede a otros en iguales eircunstancias, y esta doctrina no resulta infringida en el caso de autos desde que la petición del recurrente ha sido juzgada conforme a lo que preseribe la ley 10,650 y no se ha demostrado que al aplicar esta ley se resuelvan situaciones idénticas con criterios eiversos, Por lo demás, Vuestra Excelencia ha considerado ya casos análogos al presente y les ha dado solución en contra de las pretensiones del recurrente, por lo que no cabe sino confirmar lx sentencia apelada. (Fallos, tomo 154 pág. 398 ; tomo 154 pág. 416 , y tomo 161 pág. 104 .

En su mérito, pido a Vuestra Excelencia se sirva así ree "lverlo, Moracio K, Larreta.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Junio % de 1952.

Y Vistos:

El peticionante de fojas 3, a efecto de acreditar ame la Caja Nacional «de Juliaciones y Pensiones de Empleados y Obreros de Empresas Particulares, ciertos servicios que dice prestados en diferentes cargos de Ex empresa del Ferrocarril del Sud, seicitó de la Caja Ferroviaria su reconocimiento y la declaración de eompatabilidad respectiva.

Por resulución de fojas 19, fundada en constancias de los ames, la Caja Ferroviaria considera que los únicos servicios com potables «de acuerdo a las disposiciones de la ley número 10,650, alcanzan + mn año, seis meses y veinticuatro días, por cuanto los

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Año: 1933, CSJN Fallos: 165:66 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-165/pagina-66

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