DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 173 tiempo transcurrido en el trámite preliminar: sin embargo, se lo revive y luego aprrece siendo objeto de sucesivas transferencias y tramitaciones que ponen de relieve las irregularidades de esta solicitud. Así, la mejora de límites que se pidió en este expediente 1008 C. involucra un cambio de ubicación y no sólo varia la situación «del primitivo pedimento, sino que se supere pone con estacas-mims so'icitadas antes por el señor Tolar y contraviene disposiciones del decreto 2046 que mandó suspen«er por einzo años la admisión de cateos para petrólco. Y como las mismas consideraciones, por idénticos antecedentes, les son aplicables a las concesiones 1009 y 1001 €. euya tramitación se relaciona en detalle, debe concluirse que las tres están por los mismos vicios igua'mente afectadas de nulidad, Las transferencias, en efecto, se han hecho enajerindo la simple prelación «ue st tiene por la presentación de las solicitudes, las que fueron formuladas por 'a misma persona, y ninguna de las tres solicitudes se refirió a la zona que ocupan actimimente las concesiones y que fueron otorgadas por proc.dimientos subrepticios de las compañías en compicidad con las autoridades. El "descubrimiento de la mina Lomitas fué manifestado antes de a concesión del permiso de cateo, ereyéndose que con tener por lo menos un hecho de tal magnitud, consistente en la inversión de capitales, reatización de obras y trabajos, ete.. se subsanarian tas irregularidades de trámite de sus solicitudes de cateo, lo .
«ue no es posible dentro de los preceptos terminamtes de la ey.
La mina República Argentina, concedida en 1907, constituye un mineral conocido y la zona del mismo, hien conocida por las compañías actoras, está vedada a los permisos de enteo, lo que mo ha sido úlice para. que se otorguen Has concesiones aludidas contraviniendo decretos y disposizion:s legales expresas, destindas a amparar derechos privados y públicos, que invocó el señor Tohar dentro de los términos de artículo 131 del Cádigo de Mineria. Del artículo 196 del mismo código se des- _—a prende que la "mejora" de pertenencia se refiere a las conE E 4 i
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Año: 1932, CSJN Fallos: 164:173
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-164/pagina-173
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