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Fallos: 164:124 de la CSJN Argentina - Año: 1932

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124 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA Nouvenu Code Civil IV, E y If parte, página 1185, números 24 y 25.

Por último, pueden ser dadas en prenda (artículos 3209 y 3211) todas las cosas muebles, créditos, acciones, y aunque el texto no lo enuncia expresamente, debe incluirse también el «dinero, como lo señala Troplong, citado en la nota, e indirectamente lo sanciona el artículo 3214, que prevé una hipótesis de prenda sobre numerario, Planiol Y, 11, N" 2391; Baudry Lacantinerie et de Loynes, T. 1, N" 34. El tribunal federal suizo ha aclarado que el Ayimes irregnlare por el cual se dan en prenda dinero o cosas consumibles y fungibles que se convicrien en propiedad del acreedor y de los cuales sólo deben restituirse cantidades equivalentes es válido. Rossel y Mentha. Código Civil Suizo, página 302.

Que si en las relaciones privadas de acreedor y deudor la entrega de una cosa, de un crédito y de uma suma de dinero para garantizar una obligación presente o futura y cubiertas ciertas condiciones de forma dá nacimiento a una relación prendaria con todos los efectos de ésta, no puede existir óbice legal para «que la Nación 0 las provincias actuando como entidad del derecho público, dén nacimento a relaciones jurídicas de la misma naturaleza y sometidas a iguales consecuencias, cada vez que consideren necesario exigir garantias reales a sus empleados 0 personas con quienes deha ponerse en contacto para realizar sus poderes de policia, sirviéndose a tal fin de las propias instituciones organizadas por el Código Civil, como en el caso lo ha hecho la provincia de Tucumán, Que lo expuesto demuestra que cuando la ley objetada excluye del embargo la suma depositada en garantia por el procurador o cuando concede preferencia en el pago a las costas impuestas a aquél por jueces de su jurisdicción, se mantiene estrictamente dentro de los efectos atribuidos por el Código Civil a la relación prendaria. El embargo no procede en efecto mientras subsista la prenda. porque como consecuencia de ésta | A

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Año: 1932, CSJN Fallos: 164:124 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-164/pagina-124

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