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Fallos: 164:126 de la CSJN Argentina - Año: 1932

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15 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA como se ha visto, en manera alguna ha desconocido los articu- .

los 31, 67, inciso 11 y 108 de la Constitución Nacional.

En su mérito y de acuerdo con lo dictaminado por el señor Procurador General, se confirma la sentencia apelada en la parte que ha podido ser materia del recurso.

Notifíquese y devuélvanse previa reposición del papel.

Ronexto Rererro, — KR. Guo LAVALLE. — ANTONIO SAGARNA.— JerrAn V. Pera.

Don César Luis Zapata contra la Caja Nacional de Jubilaciones y Pensiones Civiles, sobr: devo'ución de aportes.

Sumario: Demostrado que el empleado fué declarado cesante por acto del Poder Ejecutivo, no procede la devolución de los descuentos, por cuanto la situación planteada es ajena a la que contempla el artículo 27 de la ley número 4349, Cuso: Lo expiican las piezas siguientes:


SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Buenos Aires, Septiembre 9 de 1930.

Y Vistos:

Las promovidos por César Luis Zapata contra la Caja Nacional de Jubilaciones y Pensiones Civiles, sobre devolución de aportes: y Considerando:

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Año: 1932, CSJN Fallos: 164:126 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-164/pagina-126

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