mis hijuelas en la cuenta de partición de la herencia de mis pa«res con lo que adquiri la media manzana de terreno en que actualmente se halla dicho monasterio y nueve casitas, edificado todo por mi orden. De mi libre y espontánea voluntad des tiné dichos edificios para el Monasterio de Santa Teresa, cuiegué y pase en posesión de ellos a la Madre Priora cargando la comunidad con algunas deudas contraidas en dichos edificios «de todo lo cual entregué los documentos que tengo, siendo hoy mi libre y espontánea volumad confirmar y ratificar estu do nación y destino, de modo que perpetuamente sea del Munasterio de Santa Teresa en esta ciudad de Buenos Nires, con la sole reserva y condición de que por si desgracia o violencia mese obligadas a salir del país o monasterio las monjas y se suprimiese el monasterio lo reclamasen mis parientes herederos legitimos según el orden de sucesión y disfruten. ele... Esta es mí firme, última y deliberada voluntad consignada en este escrito que dejo tres de igual clase de mí puño y letra, no en poder «el Monasterio, otro de mí familia y el tercero ea poder del pres Judo éctesiástico para que se archive en la Secretaria Notariat del Arzobispado (conf. Es. 1 vta. a fs. 2).
Por el testimonio de Es. 265, resulta que la autoridad ecle= siástica declaró canónicamente erigido el Convento de San José de Religiosas Carmelitas Descalzas de la Reforma de Santa Te- :
resa de Jesús en esta ciudad de Buenos Aires Tal acta de fundacirnes es de fecha Julio 10 de 1874 y apareve suseripta por el Arzobispo de Buenos Aires, Federico Aneiros y con intervención del secretario doctor Antonio Espinoss, Esa actuación acredita «uficientemente la legalidad de ta existencia de la Orden de las Carmelitas en la ciudad de Buenos Aires.
la monja Isidora Ponce de Ecón había entregado la finca nccesaris para la fundación del Monasterio de las Carmelitas, «ue confirma y ratifica por su testamento, habiendo tomado la posesión de ella la Madre Priora y la intervención pertinente la
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Año: 1932, CSJN Fallos: 163:427
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