Es copia fiel del acuerdo que obra en las páginas 143 a 161 del Libro 47 de Acuerdos de la Excma. Cárnara 2" de Apelaciones en lo Civil. — C. F. Degreff.
SENTENCIA
Buenos Aires, Abril 24 de 1931.
Y Vistos:
Por el mérito que ofrece la votación de que instruye el acuerdo que precede, se revoca la sentencia apelada, y en consecuencia se rechaza la acción instaurada, debiendo las costas de ambas instancias pagarse en el orden causado. Dev. Rep. los sellos, — J. Lagos. — R. M. Salvat. — E. Coronado, — Césur de Tesanos Pinto. — Argentino Barraquero. — Ante mi: C.
F. Degreff.
DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Agosto 6 de 1931.
Suprema Corte:
Esta causa ha sido elevada a V. E. con motivo del recurso extraordinario de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por la Excma. Cámara Segunda de Apelaciones en lo Civil, que rechazó la demanda instanrada por la Sociedad Anónima "Galería General Giemes" contra la Municipalidad de la Capital, por devolución de sumas pagadas en concepto del impuesto de alumbrado, harrido y limpieza.
La Sociedad actora considera que la sentencia dictada agraviA sus intereses y haciendo valer la reserva formulada en el escrito de demanda, para el caso de que el pronunciamiento judicial que se dicte le sea adverso, dedujo contra dicha sentencia
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Año: 1932, CSJN Fallos: 162:445
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