RESOLUCIÓN DE LA CAJA FERROVIARIA
Buenos Aires, Agosto 14 de 1930.
Visto:
La sentencia dictada por la Excma. Cámara Federal de Apelación de la Capital, corriente a fs. 55-56, y el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Navión de fs, 71-72, por los que se han acordado los beneficios de la pensión a doña María Gómez de Brian; atento el cómputo practicado por Contaduría a fs.
23-24 y de conformidad con lo dispuesto por el Directorio en su sesión del 13 del corriente; Se resuelve:
1° Declarar que el haber mensual que corresponde en concepto de pensión a doña María Gómez de Brian, viuda del exempleado del Ferrocarril Oeste de Buenos Aires, don Santiago Brian, es el de trescientos treinta y cinco pesos con veinticinco centavos moneda nacional ($ 335.25 m|n.), hasta el diez y seis de Enero de 1924; y a partir de esta fecha, trescientos treinta y nueve pesos con treinta centavos moneda nacional ($ 339.30 m|n.), de cuyos importes deberá deducirse el 10 hasta la total concurrencia del cargo formulado en virtud del artículo 48 de la ley N" 10.650.
2' Pagar la presente pensión desde la fecha del fallecimiento del causante.
3" Notifíquese, pase a Contaduría, a sus efectos, y atento lo solicitado a fs. 108, del expediente agregado sin acumular Letra C., N" 671, añe 1927, pase a Comisión de Hacienda. — L. Bard.
Compartir
68Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1932, CSJN Fallos: 162:397
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-162/pagina-397
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 162 en el número: 397 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos