darse sus propias instituciones locales y, por ende, para legislar sobre procedimientos, ello es sin perjuicio de las disposiciones reglamentarias que dicte el Congreso, cuando considere del caso prescribir formalidades especiales para el ejercicio de determinados derechos establecidos en los códigos fundamentales que le incumbe dictar". Y así, tratándose de la adquisición de derechos o de la extinción de obligaciones civiles, el Código común ha creído de conveniencia pública que la prescripción pueda oponerse en cualquier estado del juicio (art. 3962).
Por lo expuesto y lo dictaminado por el señor Procurador General, se confirma la resolución apelada en cuanto ha podido ser materia del recurso, es decir, que el art. 3962 del Código Civil no es contrario al inciso 11 del art. 67 de la Constitución Nacional. Hágase saber y devuélvanse los autos, debiendo reponerse el papel en el juzgado de origen.
J. FIGUEROA ALCORTA. — RoBerTO RePETro. — ANTONIO SAGARNA.
JULIAN V. PERA.
Don Santiago Brian, (su sucesión), contra la Caja Nacional de Jubilaciones y Pensiones de Empleados Ferroviarios, sobre pensión.
Sumario: La viuda pensionista, debe aportar como contribución única de amortización, el 10 de la mitad de la suma que hubiera podido adjudicarse a su esposo jubilado.
Caso: Lo explican las piezas siguientes:
Compartir
78Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1932, CSJN Fallos: 162:396
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-162/pagina-396¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 162 en el número: 396 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
