Señores R. G. Dun y Cía. en autos con don J, M. Fuelis, sobre indemnización de daños y perjuicios. Recurso de hecho.
Sumario: No procede el recurso del artículo 14, ley número 48.
en un caso en que la resolución que le motiva, no asume los caracteres de sentencia definitiva, y en el cual por otra parte las cláusulas constitucionales que se pretenden desconocidas no guardan relación directa e inmedita con las cuestiones planteadas.
Caso: Lo explica el siguiente:
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenes Aires, Septiembre 30 de 1931, Autos y Vistos:
El recurso de hecho por denegación del extraordinario interpueste contra la resolución de la Cámara Primera de Apelaciones en lo Civil de esta Capital, en los autos: "J. M. Fuchs c.
R. G. Dun y Cia", declarando improcedente la excepción de defecto. legal deducida; y Considerando :
Que según resuta de la relación que antecede, dicho tribunal denegó el recurso extraordinario interpuesto contra una resolución que desestimaba la excepción de defecto legal.
Que no procediendo tal recurso sino contra las sentencias definitivas a que el artículo 14 de la ley número 48 se refiere, y no revistiendo ese carácter la mencionada resolución, que se li
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Año: 1932, CSJN Fallos: 162:281
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