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Fallos: 162:254 de la CSJN Argentina - Año: 1932

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AUTO DEL JUEZ EN LO CIVIL Y COMERCIAL
Santa Fe, Noviembre 12 de 1930.

Y Vistos:

El exhorto del señor Juez de Comercio de la Capital Federal, doctor Fernando Cermesoni, por el que plantea cuestión de competencia por inhibitoria, en el juicio caratulado "Abel Tamas contra De Giacomi Hnos., sobre cobro de pesos"; y Considerando :

1v Que la acción por cobro de pesos que intenta el actor señor Abel Lamas, se funda en la existencia de un contrato, cuyo cumplimiento debía llevarse a efecto en el territorio de esta provincia y en el de la gobernación del Chaco.

2" Que la Suprema Corte de Justicia Nacional ha considerado uniformente que es juez competente para conocer en los pleitos en que se ejercitan acciones personales, cen preferencia al del domicilio del demandado, el del lugar convenido explicita o implícitamente por las partes para el cumplimiento del contrato, cualesquiera que sean las prestaciones que se demanden.

Ver Jurisprudencia Arg.. tomo 1", página 390: tomo 2", página 101, y tomo 18 pág. 206 , entre otros).

3" Que siendo así, es indudable que el suscripto es competente para entender en dicho juicio, toda vez que de los propios términos del escrito de demanda, único elemento" de juicio que debe tenerse presente dado el estade del pleito, implícitamente surge como lugar del cumplimiento del contrato el territorio de esta provincia en la parte que tiene jurisdicción el suscripto.

4 Que por lo que se refiere a la forma en que ha sido planteada la «uestión de competencia, cabe observar, como lo ha

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Año: 1932, CSJN Fallos: 162:254 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-162/pagina-254

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