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Fallos: 162:224 de la CSJN Argentina - Año: 1932

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Chadtwick, Weir y Compañía Limitada en "autos con la Aduana de la Capital, sobre defraudación. Recurso de hecho.

Sumario: Las resoluciones de la Cámara Federal de la Capital en materia criminal causan ejecutoria de acuerdo con lo que dispone el artículo 4° de la ley número 7055, no siendo óbice para esa solución, la circunstancia de que la sentencia sólo haya sido suscripta per tres de sus miembros, ni tampoco la de que uno de ellos se encuentre jubilado.

Caso: Lo explican las piezas siguientes:


DICTA MEN DEL PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Agosto 19 de 1931.

Suprema Corte:

En atención a lo que dispone el art. 4" de la ley 7055 y a la naturaleza criminal de esta causa, no proceden los recursos de apelación y nulidad deducidos contra la resolución dictada por la Excma. Cámara Federal de la Capital.

Los términos precisos en que se encuentra redactada la cláusula final del citado artículo, cuando establece que las resoluciones de la mencionada Cámara Federal en materia criminal causarán ejecutoria, no permite decidir que sea indispensable que concurran los cinco miembros para que se aplique la cláusula referida, porque ello implicaría entrar en "distingos no contenidos en la ley.

Por ello, creo que V. E. debe desestimar la queja dedica.

Horacio R. Larreta.

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Año: 1932, CSJN Fallos: 162:224 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-162/pagina-224

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