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Fallos: 160:83 de la CSJN Argentina - Año: 1931

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SENTENCIA DE LA CÁMARA FEDERAL
Buenos Aires, Septiembre 19 de 1930, Y Vistos:

De acuerdo con lo resuelto por este Tribunal en los casos de Ricardo Ceriani (hijo), Esteban Bailoni y Eusebio Toledo:

fallados en mayo 5 de 1926, mayo 28 y junio 9 de 1930, respectivamente, y siendo arreglada a derecho, se confirma la resolución apelada de fojas 22. Devuélvanse sin más trámite. — José Marcó. — Marcelino Escalada, — B. A. Nazar Anchorena. — J. P. Luna. — Rodolfo S. Ferrer.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Diciembre 30 de 1930.

Suprema Corte:

En la presente causa seguida por don Luis Spuri y doña Kaura Ravazzini de Speri,, padres del ex empleado ferroviario don Juan Spuri, sobre devolución de aportes, ha sido materia de discusión la interpretación de disposiciones contenidas en la ley número 10.650, habiendo sido la decisión final de la Cámara Federal de Apelación de esta Capital contraria al derecho invocado por los recurrentes, fundado en dicha ley.

Existe, así, el casó federal, y de acuerdo con lo resuelto por V. E. en casos análogos, el recurso extraordinario de apelación procede, atento a lo dispuesto por el artículo 14 de la ley múmero 48.

Ha sido, pues, en mi opinión, bien concedido para ante V.

E. En cuanto al fondo del asunto, adhiero a los fundamentos que sirven de base a la resolución denegatoria pronunciada por

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Año: 1931, CSJN Fallos: 160:83 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-160/pagina-83

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