juzgado primero en Salla que en Jujuy, 6 en Jujuy que en Salta.
El Procurador cree pues, que debe dejarse al Juez Seccional de Salta continuar sus procedimientos, sin perjuicio de poner oportunamente el reo á disposicion del de Jujuy.
C. Tejedor.
Falle de la Suprema Corte.
Buenos Aires, Octubre 14 de 1875.
Vistos: de conformidad con lo espuesto y pedido por el Señor Procurador General en su precedente visla, se deelara que el Juez Federal en Salta, debe conocer y resolver en este asunto, sin perjuicio de poner oportunamente el reo á disposicion del de Jujuy; devuélvanse los autos al Juez de Salta y hágaso saber por oficio al de Jujuy.
SALvaor M' DEL CánniL. — José Banños Pazos.—J. B. GonosTIAGA. —d. Domncuez, —meno=y——
Compartir
55Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1874, CSJN Fallos: 16:427
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-16/pagina-427
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 16 en el número: 427 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos