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Fallos: 16:362 de la CSJN Argentina - Año: 1874

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CALA LEXXVI.
El Fisco Nacional contra D. Domingo Garvino y C° por cobro de pesos.

Sumario —1° Un cargo formado por la Contaduria Nacional contra un comercianle por error en el aforo y liquidacion de derechos, tiene fuerza ejeculiva y debe cobrarse por la vía de apremio; 9° Cuando aparece un error contra la Aduana, despues de chancelado un documento, esta tiene el derecho de reclamar del comerciante el daño causado por el error, dentro de cinco años de la fecha de la chancelacion del documento equivocado ; 3" Las copias legalizados sacadas de las oficinas públicas de la Nacion, tienen fuerza de escrituras públicas ; 4e Cuando el acreedor por error libra de la obligación al deudor que tambien por error acepta, uste queda obligado, Cam.—Los antecedentes de lecho y derecho en esta causa, se encuentran esplicados en el siguiente:

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Año: 1874, CSJN Fallos: 16:362 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-16/pagina-362

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