E 7 FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Noviembre 5 de 1930.
Y Vistos:
Esta causa seguida por don José Soage (los albaceas de la sucesión) contra la Provincia de Buenos Aires sobre inconstitucionalidad de impuesto a la herencia, del cual resulta:
Que a fs, 1 comparece don Carlos Sichatz en representación de los albaceas de la sucesión dedon José Félix Soage promoviendo demanda contra la Provincia de Buenos Aires para que se le condene a devolver las cantidades y documentos entregados en pago bajo protesta de acuerdo con los antecedentes que relacionará, con costas en caso de oposición, así como también al pago de los intereses por las sumas en efectivo que deben restituirse.
Que uno de sus mandantes, el doctor Saturnino García Soage, como alhaces de la sucesión de su tio don José Félix Soage, se presentó al Juez Civil de la Provincia de Buenos Aires iniciando la protocolización de las hijuelas levantadas en esa sucesión que tramitó en esta Capital ante el Juzgado del doctor Tezanos Pinto, secretaría Wazerzug y en el expediente respectivo se produjo una disidencia fundamental con el representante de la Dirección General de Escuelas respecto a la forma de liquidar el impuesto.
Que la Dirección de Escuelas aplicando el art. 37 inciso 7° de la ley del año 1926 estableció como liquidación del impuesto la suma de $ 554.313.47 m/m., en tanto que el doctor García Soage fijaha ese impuesto en la suma de $ 317.930.06. El Juzgado aprobó la liquidación del Consejo y tal resolución fué confirmada por la Cámara Primera de Apelaciones quedando firme esta última resolución por haberse negado la Corte de la Provincia a conocer en el recurso interpuesto a tal efecto.
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Año: 1931, CSJN Fallos: 159:49
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