Funda su acción en los siguientes hechos: Victor Alanis es propietario de dos fracciones de tierra ubicadas en el lote N° 18, fracción A, sección NNVI, de la división catastral del Río Negro, la primera señalada con el N" 7 en el plano especial de venta, compuesta de una superficie de 1.796 hectáreas, 79 áreas.
28 centiáreas; y la segunda, designada con el N" 3 en el plano especial, con una extensión de 749 hectáreas, 22 áreas, 75 centiáreas. Ambos inmuebles los hubo por compra al doctor Norberto R. Fresco, según escrituras otorgadas con fecha Octubre 13 de 1924, ante el escribano de la Capital Federal don Miguel B. Espinosa, las que adjunta. En virtud de la ley N° 0546 y decreto reglamentario respectivo, en el año 1914 las obras de riego del Río Negro Superior, afectaron con destino a canales principales, las propiedades ya individualizadas, en la forma y con las medidas que establece la Dirección General de Irrigación del Ministerio de Obras Públicas, en la copia del plano heliográfico que acompaña, a saber : en el lote 7 según título, lote 2 según plano de expropiación : Canal Principal y Terciario I-II, 44 hectáreas, 34 áreas, 84 centiáreas, 87 decimetros cuadrados. Canal Secundario III, Cuaternario a 1- 111, 16 hectáreas, 26 áreas, 58 centiáreas, 11 decímetros cuadrados. Desagúe, 4 hectáreas, 22 áreas, 88 centiáreas, 2 decímetros cuadrados. En total, 04 hectáreas, 84 áreas, 31 centiáreas. En el lote 3 según título, lote 1 según plano de expropiación: Canal Principal 32 hectáreas, 85 áreas, 7 centiáreas, 97 decímetros cuadrados. Desagiie Sifón kilómetro 24.78.42, 1 hectárea, 68 áreas, 95 centiáreas, "85 decimetros cuadrados. Colector -desagies P. II: 5 hectáreas, 64 áreas, 28 centiáreas, 72 decimetros cuadrados. Terciario 1-11:
1 hectárea, 89 áreas, 35 centiáreas, 32 decimetros cuadrados. En total, 42 hectáreas, 7 áreas, 67 centiáreas, 86 decimetros cuadrados. Los parciales de las dos fracciones hacen un total general de 106 hectáreas, 91 áreas, 98 centiáreas y 86 decimetros cuadrados.
Por decreto del 10 de Mayo de 1913, dice, el Gobierno comisionó especialmente al señor Julio Mallmann para que con
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Año: 1929, CSJN Fallos: 156:369
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