Que habiendo sido la decisión recaida contraria al derecho fundado por el recurrente en el art. 55 de la ley nacional múmero 3973, es evidente la procedencia del recurso extraordinario de acuerdo con lo dispuesto por el art. 14, inciso 3" de la ley NAS y 22 del Código de Procedimientos Criminales, En su mérito y de conformidad con lo dictaminado por el Señor Procurador General, se declura procedente la queja. Y hallándose el expediente en el Tribunal muros y ada oficia de acuerrlo con el art. 8" de la ley 4055, señalándose los dias lunes y viernes 0 el día siguiente hábil si alguno de aquellos no lo fuese para notificaciones en secretaria, Repóngase el papel.
A. BrrmEJO. — Ronrero Keperro —R. Grino Lavar, ANTO
NO NAGARNA,
Don José A, Rafel coñtra el Ferrocarril Central «brgentino, por daños y perjuicios: sobre competencia Siwmario: 1 Los artículos 282 y siguientes del Reglamento General de Ferrocarriles son simplemente reglamentarios le la obligación general de suministrar vagones a los cargado res, impuesta por el art. 204 del Código de Comercio.
2 El artículo 50 de la ley de Ferrocarriles Nacionales al establecer que las obligaciones y responsabilidades de las empresas acerca del contrato de tramporte serán regidas por el Código de Comercio, indudablemente se ha referido no sólo a aquellas obligaciones que nacen de una conven ción concluida por la entrega de las mercaderías en la estación receptora, sinó también a los hechos directamente vinentados a la preparación del transporte como es el pedido
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Año: 1929, CSJN Fallos: 153:84
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