Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 153:53 de la CSJN Argentina - Año: 1929

Anterior ... | Siguiente ...

Señores Bracht y Compañía contra don Carlos A. Prigaardello, sobre reivindicación, Sumario: No procede el recurso extraordinario del art. 14, ley 48, contra una resolución favorable al fuero federal invocada por el demandante, Cuso: Lo explican las piezas siguientes :


SENTENCIA DE LA CÁMARA COMERCIAL
Buenos Aires, Octubre 15 de 1928, Suprema Corte:

En la presente causa seguida por los señores Bracht y Cia.

contra Carlos A. Brignardello, sobre reivindicación, tramitada ante el Juzgado Federal del Rosario, se ha discutido la procedencia del fuero federal al cual el actor se amparó al iniciar esta acción, El demandado sostuvo la competencia de la justicia local por entender que el derecho ejercitado por Bracht y Cia. no le correspondia originariamente como lo exige el artículo S" de la ley N" 48, :

La incidencia ha sido resuelta en definitiva por la Cámara Federal de Apelación del Rosario, manteniendo la competencia de la justicia nacional para tender en esta causa.

Interpuesto para ante V. E, recurso Extraordinario de apelación, ha sido concedido, elevándose los autos a esta Corte Suprema, Considero errónea la resolución que acuerda dicho recurso, En efecto; lo que en sintesis se discute en esta apelación, es la

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

76

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1929, CSJN Fallos: 153:53 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-153/pagina-53

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 153 en el número: 53 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos