conocer en él, si es extranjero el causante del demandado y se hace parte en la causa en virtud de la citación de evicción.
Por estas consideraciones y las concordantes del auto del Juez de Sección de Mendoza, oido el señor Procurador General, se declara la comptencia de la justicia federal para conocer en el caso que ha dado origen a la presente contienda. En consecuencia, remitanse los autos a los respectivos jueces, con transcripción de esta resolución en el expediente del Juzgado provincial en lo Civil y Minas, Repóngase el papel.
J. FIGUEROA ALCORTA. — R. Guino
LAVALLE. — ANTONIO SAGARNA.
Don Raimundo Frisson cn autos con don Pascual y don Luis Frisson, sobrc nulidad de un acto jurídico. Recurso de hecho.
Sumario: La garantía de la cláusula del articulo 18 de la Constitución, según la cual ningún habitante de la Nación puede ser sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la'causa, no autoriza a esta Corte Suprema mediante el recurso extraordinario del art. 14 de la ley N° 48, a rever la interpretación de las leyes locales hechas por los tribunales de provincia en cuanto deslindan la comptencia de sus propios jueces.
Caso: Lo explica el siguiente:
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Año: 1929, CSJN Fallos: 153:329
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