Don Clemente Antunovich y otros contra la Provincia de Santa Fé, sobre interdicto de despojo.
Sumario: 1° Las autoridades de provincia carecen de derecho para abrir un camino público, destruyendo alambrados de una propiedad particular sin haber adquirido previamente el dominio.
2" Las restricciones impuestas al dominio privado sólo en interés público, son regidas por el derecho administrativo y no pueden entenderse ni ejercitarse en detrimento de las garantias consagradas por la Constitución respecto de la propiedad privada.
Caso: Lo explica el siguiente:
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Diciembre 3 de 1928, Y Vistos: el juicio de don Clemente Antunovich, Gaspar Gogicevic, Antel Pizzi, Juan Maraschino, Clemente Lattanzi, José Miconi, Primo Porta, Celestino Porta,- Juan Gagliardo, Clemente Carello y Antonio Andreu, vecinos del Departamento de la Provincia de Santa Fé, contra dicha provincia por interdicto de despojo, de cuyas constancias —, Resulta:
Que, con fecha 31 de Agosto de 1926 se presenta don Fabián Panelo, con poder de los nombrados en el exordio, manifestando: que éstos ocupan desde hace varios años, a título de propietarios, las fracciones de tierras que se especifican en el cro
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Año: 1929, CSJN Fallos: 153:231
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