mo vicecónsul, ni agente consular en el Azul dirimió la contienda, declarando que el caso era ajeno a la jurisdicción federal, y de la competencia del Juez del Crimen del Azul, En la misma fecha fué confirmada por la Corte Suprema la sentencia pronunciada por la Cámara Federal de Apelación de la Capital, la que confirmó, a su vez, la dictada por el Juez Federal, que no hizo lugar a la extradición de Felice Mascio, solicitada por las autoridades del Reino de ltalia, en razón de no aparecer que el requerido, culpable de la muerte de Giácomo del Piano, ocurrida en la ciudaad de Nola (Italia), el 7 de Noviembre de 1922, fuera la misma persona detenida que dice llamarse Luis Tufano y que llegó al país el 29 de Diciembre del año 1921, según el informe de la oficina de Inmigración.
Con fecha veintinueve fué confirmada por la Corte Suprema la sentencia pronunciada por la Cámara Federal de Apelación de La Plata, la que condenó a Isidoro Ruíz Díaz a sufrir doce años de prisión, accesorias legales y costas, en vez de la de cuatro años y seis meses de la misma pena que le fuera impuesta por el Juez Letrado del Territorio Nacional de Misiones, como autor del delito de homicidio perpetrado en la persona de Isaías Pridy, hijo, en la Capital del expresado territorio, el día 27 de Junio de 1926.
En treinta y uno del mismo no se hizo lugar a la queja deducida por el Frigorifico Armour de La Plata, apelando de una resolución del Ministerio de Agricultura, en razón de no encontrarse el comprendido en ninguna de las situaciones previstas por el art. 3" de la ley 4055.
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Año: 1928, CSJN Fallos: 152:223
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