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Fallos: 152:207 de la CSJN Argentina - Año: 1928

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puñalada, que el procesado pudo esquivar con st poncho, que fué atravesado.

El hecho no lleyó a mayores, porque intervino el testigo Manuel Fernández, que calmó los ánimos exaltados de Millanao.

Vuelto éste a la tranquilidad, guardó el cuchillo y se sentó nuevamente en el mismo lugar que ocupara, oportunidad que aprovechó el procesado Millache para preguntarle en buena forma, la razón de su proceder, cuando no habia tratado de desairarlo.

Millanao enfurecido nuevamente, levantóse súbitamente de su asierto y dirigiéndose a la puerta que daba al patio del negocio, al propio tiempo que echaba mano a la cintura en actitud de sacar armas, le contestó a Millache que allí le diría elo que le había hecho».

Fué en esas circunstancias que Millache temeroso de que Millanao repitiese la injusta agresión anterior, ahora empuñando un arma de fuego, desde luego más peligrosa y más mortifera que la empleada anteriormente, levantando el poncho que tenía puesto, extrajo su revólver haciendo un disparo contra su contrincante, que cayó al suelo herido mortalmente. s El único testigo presencial, Manuel Fernández, está en desacuerdo con el victimario, sólo en cuanto a la actitud de Millanao de empuñar el revolver.

Millache dice que vió que la victima empuñó el revólver, esto es, puso la mano sobre él sin sacarlo, Fernández, en cambio, dice que Millanao hizo ademán de sacar armas, lo que no es lo mismo, invitatido a Milache a salir al patio.

Lo cierto es que la policia secuestró de entre las ropas de la víctima un revolver Colt, que necesariamente tiene que haber visto Millache para afirmar que vió empuñarlo.

Pero, como acertadamente lo observa el señor Juez Letrado en su sentencia de fs. 66 vta., esta divergencia carece de importancia atento a que la singularidad de la deposición del testigo

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Año: 1928, CSJN Fallos: 152:207 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-152/pagina-207

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